Elaboración e Implantación de Planes de Autoprotección

Implantación Integral de Planes de Autoprotección
La implantación integral de un plan de autoprotección comprende la formación y capacitación del personal, el establecimiento de mecanismos de información al público, los ejercicios de simulación, la provisión de los medios y recursos precisos para la aplicabilidad del plan de actuación ante emergencias y el mantenimiento de su eficacia.
Los principales objetivos del Plan de Autoprotección serán:
  • Reducción del peligro de emergencias.
  • Conseguir que todos los posibles ocupantes sean evacuados sanos y salvos.
  • Facilitar la intervención de los servicios externos de auxilio.

Alcance

El R.D. 393/07 de 23 de marzo del Ministerio del Interior aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Las obligaciones de los titulares de las actividades incluidas en el alcance de esta NBA, consisten en: Elaborar el plan de Autoprotección, presentándose al Órgano competente para su aprobación, así como desarrollar las actuaciones para su implantación y mantenimiento de la eficacia, informando y formando al personal en los contenidos del mismo y llevando a cabo simulacros periódicos.
El Artículo 20 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales enuncia:“El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer de material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas”.

Normativa básica

  • Real Decreto 393/2007, “Norma Básica de Autoprotección” y normativa autonómica de desarrollo del mismo.
  • Ley 2/ 1985 Protección Civil: necesidad de planes de emergencia en los centros para acciones de prevención de riesgos, evacuación y socorro.
  • Real Decreto 1254/1999 y sus modificaciones posteriores, “Accidentes graves”.
  • Seguridad contra incendios establecida en normas y códigos de la edificación CTE DB-SI y DB-SUA (Código Técnico de Edificación, Documento Básico de Seguridad contra Incendios y Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad).
  • Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales.
VALOR AÑADIDO PARA SU EMPRESA